Hay que considerar varias cuestiones para que todo vaya bien en una Comunidad de Vecinos. Uno de los criterios más importantes es la seguridad y todo lo que se incluye en esta categoría, como pueden ser los extintores. Por ello, es normal preguntarse si es obligatorio tener extintores en una comunidad de vecinos. Para contestar a esta pregunta, nos tenemos que dirigir a la Norma Básica de Edificación. La misma fue aprobada por el Real Decreto de 2177 del 4 de octubre del 1996 .
¿QUÉ DICE EL REAL DECRETO 2177 SOBRE SI ES OBLIGATORIO TENER EXTINTORES EN LAS COMUNIDADES DE VECINOS?
Según la normativa, todo edificio que se haya construido después de ese año debe contar con extintores. Además, también es obligatorio tener extintores en la Comunidad de Propietarios si estamos hablando de un inmueble que se haya rehabilitado a partir de dicha fecha. ¿Pero y qué ocurre con las construcciones anteriores a 1996? Siempre y cuando no hayan sufrido una modificación importante, como una reforma o la instalación de un ascensor, no estarán obligados. Más allá de la obligación o no obligación, dese AF Administradores recomendamos contar con extintores, ya que podrían salvar vidas en el caso de que se produzcan incendios. El coste de los extintores no es demasiado elevado, ni tampoco cuesta mucho su mantenimiento.
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